A VUELTAS CON EL REGISTRO DE LA JORNADA LABORAL Y SU APLICACIÓN A LOS DESPACHOS DE ABOGADOS
Los grandes despachos de abogados se están movilizando con el objetivo de que no resulte de aplicación a la profesión la nueva obligación del registro diario de la jornada laboral. La realidad es que la confusión a este respecto resulta evidente. Si la Guía sobre el Registro de Jornada publicada por la Dirección General de Trabajo parecía excluir, o al menos matizar (a mi modo de ver forma poco clara), la aplicación de la obligatoriedad del registro con respecto a las relaciones laborales de carácter especial (entre las que se encuentran las de los abogados que presten servicios en despachos de abogados, individuales o colectivos), la declaración del Sindicato de Inspectores de Trabajo y de la Seguridad Social de ayer, afirmando vía Twitter, que los abogados sí están afectados por el registro, no contribuye a esclarecer esta cuestión.
En nuestra opinión, el Ministerio de Trabajo debería dar una respuesta clara a esta cuestión y no dejarla en manos de interpretaciones más o menos dudosas. Entre tanto, y ad cautelam, somos de la opinión de que el registro debe realizarse.
http://www.expansion.com/economia/2019/05/21/5ce30a8922601d08648b460a.html
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